DANIEL SANTOS BERICAT, ÚNICO CANDIDATO A LA PRESIDENCIA DE LA FBMRMU. PROCLAMADO PROVISIONALMENTE.

Obtiene los 22 avales posibles de la Asamblea federativa.

En Murcia, siendo las 20:30 horas del día 25 de noviembre de 2020, debido a la situación de confinamiento y restricción de movilidad vigente, la presente reunión se realiza telemáticamente y no en la sede de Federación de Balonmano de la Región de Murcia, en ella se reúnen los siguientes miembros de la Junta Electoral Federativa:

D. JOSÉ JUAN MARTINEZ NAVARRO, Presidente

D. JUAN FRANCISCO PLAZAS GARCÍA, Secretario

D. PEDRO SEGURA MULA, Vocal

Constituye el objeto de la reunión la proclamación provisional de la relación de candidatos a la Presidencia de la Federación, y una vez examinadas las mismas, esta Junta Electoral

ACUERDA:

Primero. –Que una vez concluido el plazo para la presentación de candidaturas a la Presidencia de la Federación de Balonmano de la Región de Murcia, sólo se ha recibido la candidatura presentada por D. Daniel Santos Bericat. Dicha candidatura presenta ante esta Junta Electoral 22 avales, que corresponden al total de miembros de la Asamblea General constituida el día 11 de noviembre, tras el proceso electoral 2.020.

Segundo. –Una vez comprobada la documentación presentada, se procede a proclamar con carácter provisional la siguiente candidatura a la Presidencia de la Federación de Balonmano de la Región de Murcia:

  1. DANIEL SANTOS BERICAT, con N.I.F.:17.72*.***-X,

Tercero. – Dada la situación y en virtud de la ORDEN de 17 de agosto de 2007, de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se establecen los criterios para la elaboración de reglamentos y realización de los procesos electorales de las federaciones deportivas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM nº 210 – 11 de septiembre de 2007), que indica en su artículo 30.- Sistema de votación para la elección del Presidente apartado 4. En el caso de que exista un único candidato, no se realizarán votaciones y éste quedará nombrado Presidente.

Y en su artículo 29 apartado 4: La admisión y exclusión de candidaturas pueden ser impugnadas, durante los cinco días siguientes a su publicación, ante la propia Junta Electoral federativa, la que, en el plazo de tres días, resolverá lo que proceda.

Es por tanto que, en virtud de lo anteriormente expuesto, si en el plazo de cinco días a contar desde la fecha de hoy no se presentara ninguna impugnación a esta candidatura, se suspenderá la votación de la Asamblea General y quedará elegido el candidato Presidente de la Federación de Balonmano de la Región de Murcia.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 21:30 horas del día indicado.

DEPARTAMENTO DE COMUNICACIÓN FBMRMU

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